Siguen negando el acceso al agua potable a bases zapatistas en Zinacantán

Denuncia sobre la negación a acceso a agua potable en comunidades Zapatistas.

Por Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas A.C.
    
El día 10 de Abril del año en curso, acudieron a al Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, pobladores de la comunidad Sok’on Pat Osil, del Municipio de Zinacantán, quienes denunciaron a las autoridades de la comunidad de Nachij, del mismo municipio, de apropiarse del manantial, fuente de agua potable de la comunidad Sok’on Pat Osil, ubicada en terrenos comunales de su propiedad.

Según testimonio de los afectados, familias bases de apoyo zapatista, “el despojo se ha venido dando desde el 2002 propiciado e impulsado por el C. Domingo Pérez de la Cruz, cuando era patronato del agua en Nachij, posteriormente fue Síndico y en el 2002 fue Presidente Municipal Constitucional de Zinacantán durante un año. En el 2004, las autoridades Municipales de Zinacantán, cercaron el terreno con maya ciclonica, entubaron el agua con tubo galvanizado, pusieron candado, construyeron un tanque e impidieron a las familias de la comunidad Sok’on Pat Osil tener acceso al agua”, viéndose obligadas a buscar el líquido vital en un “pocito” lejos de la comunidad y hasta la cabecera de Zinacantán que dista 7 Km., teniendo que pagar a la camioneta $150 pesos por el viaje.

Según testimonio de los denunciantes, “actualmente está involucrado en este despojo, entre otras autoridades el primer Agente Municipal de Nachij C. Mariano Pérez Gómez; argumentan que compraron el manantial y muestran un documento falso”. Para remediar el problema, las familias afectadas, han acudido desde el 2002 a diversas instancias gubernamentales. De las instancias a las que se acudió “la Comisión Nacional del Agua, después de una inspección afirma que el manantial carece de cauce definido que permita el escurrimiento por lo que no reúne las características para considerarlo corriente propiedad de la Nación”; argumento que contradice la Procuraduría Agraria,la cual el 22 de Octubre del 2003, cuando era Visitador el Ing. Rufino Rosales Suárez,” nos dio la razón diciendo: “los de Nachij no están en su derecho, el derecho les corresponde a los de Sok’on Pat Osil; (…) el 14 de abril del 2004, representantes de la SEPI llegaron a la comunidad, fueron testigos de los hechos y propusieron realizar un proyecto para entubar el agua, proyecto que nunca se realizó”.

El 4 de marzo del 2006, las familias de Sok’on Pat Osil, ante la falta de solución eficaz al problema, desesperadas por carecer del vital líquido, rompieron la maya y entraron a tomar agua. El sábado 6 de marzo del presente año, Martín López Gómez, bajo engaños, entregó a los Agentes Municipales de Nachij al C. Alberto López de la Cruz, quienes lo detuvieron de manera ilegal y arbitraria, lo retuvieron durante 14 horas y, para dejarlo en libertad, en presencia de la Comunidad ahí reunida y sin ninguna defensa, “le pidieron $10,000.00 “por daños”, como no disponía de esa cantidad aceptaron la suma de $2,000.00 amenazando que “los van a agarrar de uno en uno hasta que paguen los $10,000.00”, y los acusan de ser “ladrones de agua”; también le dijeron que “si vuelve a tomar agua que se atenga a las consecuencias” .

El mismo día 6 de Marzo del 2006, declaran los denunciantes, “las Autoridades de la Comunidad de Nachij hicieron una “Acta de Acuerdo” que obligaron a firmar al C. Alberto López de la Cruz en la que reconoce haber causado daños en las instalaciones del pozo de agua; además declara que no procederá ante ninguna autoridad, por su detención “y si por algún motivo existiese acusación, mediante la presente manifiesta que no se le dará trámite alguno”. Además se afirma en dicha Acta que “La comunidad acepta lo manifestado por el C. Alberto López de la Cruz, y señala que, en caso de que volviera a repetirse esta acción por cualquier persona, se atendrá a lo que la comunidad manifieste, respetando siempre los usos y costumbres”.

Sin prejuzgar sobre la veracidad de lo referido por los denunciantes, consideramos que estos hechos muestran el individualismo y la pérdida de valores comunitarios característicos de los pueblos indígenas, quienes de acuerdo a sus usos y costumbres “no se molestan por el agua”; además constituyen una violación a los Derechos Económicos, Sociales y Culturales por los cuales el Estado está obligado, y por consiguiente las autoridades locales, a garantizar el acceso al vital líquido a los pobladores bajo su jurisdicción.

En vista de lo anterior, Este Centro envío misiva fechada el 14 de abril dirigida al C. Antonio de La Cruz Jiménez, Presidente Municipal de Zinacantán, así como en fecha 4 de mayo envío solicitud de intervención al Lic. Mariano López Pérez, Fiscal de la zona Indígena y Mariano Herrán Salvatti, Fiscal General de Justicia del estado de Chiapas, para hacer de su conocimiento y solicitar su intervención a fin de:

1. Garantizar, el derecho al acceso al agua de estas familias, dejando libre el pedio en disputa y la fuente de agua

2. Tomar las medidas necesarias para evitar un conflicto social que puede tener consecuencias irreparables

3. Implementar de manera urgente las medidas cautelares necesarias que garanticen la integridad física y la vida de los CC. ALBERTO LÓPEZ DE LA CRUZ, MARIANO DE LA CRUZ MONTEJO I1, MANUEL LÓPEZ DE LA CRUZ, MARIANO DE LA CRUZ MONTEJO II, ESTEBAN DE LA CRUZ DE LA CRUZ, PEDRO DE LA CRUZ DE LA CRUZ Y ANTONIO DE LA CRUZ DE LA CRUZ, MARIANO LÓPEZ DE LA CRUZ, ROBERTO LÓPEZ DE LA CRUZ

Ante nuestras misivas, recibimos oficios de respuesta, uno de ellos fechado el 11 de mayo, suscrito por el Lic. Guillermo A. Gutiérrez Viladroza, Director General de Orientación y Protección a Instituciones y Defensores de Derechos Humanos, dependiente de la Fiscalía General Adjunta de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad, que a su vez depende de la Fiscalía General de Justicia del Estado, en donde sustancialmente informa que  “... en el presente caso, esta Fiscalía actúa y actuará para resolver conforme a derecho, velando en todo momento el respeto de los derechos humanos, de igual forma le comunico que su escrito fue remitido al Fiscal de Justicia Indígena, para que(...) determine lo conducente...”

Así mismo el Licenciado Mariano López Pérez, Fiscal de Justicia Indígena nos traslado copia de oficio de fecha 8 de mayo, dirigido a su Subdirector de Averiguaciones Previas, el Lic. Gregorio Pérez Gómez, en que, entre otras cosas, se ordena que “... se de el debido seguimiento e informe el resultado de su intervención al solicitante...”.

Y por último el 9 de mayo, recibimos oficio fechado el 5 de mayo y suscrito por el C. Antonio de La Cruz Jiménez, Presidente Municipal de Zinacantán, en el que se nos informa ente otras, lo siguiente: “...Las personas que menciona en su documento, no pertenece a la comunidad Pat Osil, sino a la comunidad Nachig (...) quieren beneficiarse con los servicios sin cubrir sus cuotas por los mismos (...) esto trae como consecuencia una inestabilidad en la comunidad, provocado por algunas personas que se niegan a cumplir con los acuerdos tácitos existentes en la comunidad (...), el Ayuntamiento de Zinacantán garantiza y garantizará dentro del marco de sus atribuciones la integridad física, no solo de los mencionados, sino de todos los habitantes del municipio...”

Hasta la fecha las bases de apoyo zapatistas de Sok`on Pat Osil continúan sin acceso al agua, por lo que hacemos un llamado a las autoridades estatales y municipales para que se revise el caso y se actúe, privilegiando la resolución pacífica y negociada, así como el acceso al agua de toda persona como un derecho, antes de que ocurran enfrentamientos por las tensiones que la falta de soluciones esta generando.

1 El C. Mariano de la Cruz Montejo I, no es Base Zapatista, pero es afectado por el problema